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¿Guerra? Autorizan uso de armas mortales contra protestas

La resolución 008610 del Ministerio de la Defensa, publicada en la Gaceta Oficial del 27 de enero de 2015, establece un nuevo modelo de control militar del orden público que incluye el “uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal”, como último recurso para “evitar los desórdenes, apoyar la autoridad legítimamente constituida y rechazar toda agresión, enfrentándola de inmediato y con los medios necesarios”.

Las nuevas normas menoscaban las garantías del artículo 68 de la Constitución, el cual señala: “Se prohíbe el uso de armas de fuego  y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”.

La resolución suscrita por el general en jefe Vladimir Padrino López no es una ley como exige la Constitución, y no distingue entre manifestaciones pacíficas y violentas, más allá de definir escuetamente la violencia mortal como la “creación de una situación de riesgo mortal”. Las garantías no parecen suficientes, pues apenas se indica que “cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable”, los militares deben tomar precauciones para reducir los daños.

Vía El Nacional-