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“Denuncian golpe subversivo cometido por el Presidente Nicolás Maduro contra el pueblo venezolano”

(Nota de prensa)

EL BLOQUE CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA denuncia a la opinión nacional e internacional el golpe subversivo cometido por el Presidente Nicolás Maduro contra el pueblo venezolano, al suspender arbitrariamente mediante un decreto identificado con N° 2309, de 2 de mayo de 2016, las atribuciones constitucionalmente otorgadas de manera privativa y excluyente a la Asamblea Nacional, con la aviesa intención de impedir la eficacia y ejecución de los votos de censura y la destitución que contra ministros ésta legítimamente pudiera formular, hasta tanto cesen los efectos del decreto que declaró la emergencia nacional.

De esta manera Nicolás Maduro pretende fraudulentamente evadir la aplicación del último aparte del artículo 339 de la Constitución de la República, que claramente establece que las declaratorias de estados de excepción no suspenden el funcionamiento de los poderes públicos, y, por ende, el ejercicio de sus atribuciones, como la que expresamente se otorga a la Asamblea Nacional en el numeral 10 del artículo 187 constitucional, de dar votos de censura al Vicepresidente y los ministros y de decidir su destitución con el voto de las tres quintas partes de los diputados.

El decreto 2309 es absolutamente nulo por inconstitucional, por cuanto el presidente no está facultado para suspender los votos de censura y de destitución ni por la vigencia de tales estados de excepción, ni bajo ninguna otra circunstancia; por tanto,EL PRESIDENTE MADURO USURPA LAS COMPETENCIAS DEL PUEBLO VENEZOLANO de enmendar o reformar la Constitución, incurriendo en la grave responsabilidad de FRAUDE CONSTITUCIONAL, de USURPACIÓN DE AUTORIDAD CONSTITUYENTE y de ABUSO DE PODER.

En efecto, el decreto en cuestión representa un golpe de estado contra el poder legislativo, dentro de la estrategia gubernamental de eliminarlo o suprimirlo, estrategia ésta puesta descaradamente de manifiesto por el Sr. Maduro, incluso antes de concretarse la apabullante derrota electoral que el pueblo venezolano le propinara el pasado 6 de diciembre al oficialismo; buscando concentrar en la presidencia autocráticamente la totalidad del poder, apoyándose en el uso subordinado que hasta el presente ha hecho del Tribunal Supremo de justicia, quien nuevamente vendrá a cumplir la orden presidencial, ahora establecida formalmente en el artículo 2 del Decreto 2309, de manera sumisa, en franca violación a su independencia y autonomía judicial.

Sin duda, estamos frente a la concreción del delito de rebelión, cometido directamente por el Presidente al instar desde el Gobierno a que sus seguidores, quienes no obtuvieron legítimamente la mayoría suficiente el 6 de diciembre pasado para alcanzar una representación legislativa que le otorgara barnices de legalidad a sus infundadas ejecutorias; a que lo acompañen ahora, en la inconstitucional tarea de clausurar el parlamento, comportándose como gobierno dictatorial, alzándose contra un poder legítimamente constituido producto de la soberanía popular como es la Asamblea Nacional electa hace tan solo cinco meses.

Por lo expuesto, EL BLOQUE CONSTITUCIONAL denuncia el golpe de estado que ha perpetrado públicamente el Presidente de la República al dictar y pretender ejecutar este Decreto, rubricado por todos los ministros, entre ellos por el Ministro de la Defensa, General Padrino López; por constituir el mismo un vil atentado al orden constitucional que democráticamente los venezolanos hemos acogido, pues contraria el principio de la separación e independencia de los poderes públicos y la voluntad popular representada en dicho poder, además de significar patentemente, el claro incumplimiento que a sus deberes públicos de cumplir y hacer cumplir la Constitución ha incurrido el señor Presidente, lo cual le imprime mayor gravedad y trascendencia, pues se trata del máximo servidor público quien descaradamente ha desconocido el encargo que le entregó el pueblo de Venezuela.

Estamos plenamente conscientes como Bloque Constitucional, que la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 333 y 350 constitucionales, procederán a desconocer el decreto N° 2309, ratificando el voto de censura y de destitución del ministro Rodolfo Clemente Marco Torres, y a iniciar un procedimiento de determinación de la responsabilidad del Presidente Nicolás Maduro por usurpación del poder constituyente y por abuso de poder, conforme el artículo 232 de la Constitución, en concordancia con sus artículos 138 y 139 ejusdem, procediendo a solicitar su enjuiciamiento para su destitución por su actitud hostil o de rebelión contra el poder legislativo legítimamente instalado, al pretender impedir el ejercicio de sus funciones y tratar de modificar en forma violenta la Constitución, conforme los artículos 233 y 266, numeral 2, de la misma Constitución; y los artículos 143 del Código Penal y 110 y 111, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.