(A Todo Momento) — Un exmatrimonio de Valladolid, España, fue condenado a diez años y un día de prisión por usar a su bebé de apenas tres meses de edad para grabar un video pornográfico, publica Infobae.
Aunque en un principio la Fiscalía pidió una pena de 14 años para la pareja, se llegó a un acuerdo con los acusados y la condena se redujo a 10. Este lunes se dictó sentencia en un juicio a puerta cerrada, por delito de abusos sexuales, y por utilizar a una menor para elaborar material pornográfico.
Fue el padre quien acudió a la comisaría en 2017 y entregó el material de contenido sexual, en el que aparecía su ex mujer realizando tocamientos a la niña. Pretendía con la denuncia conseguir la custodia de su hija. Pero la grabación se convirtió en la prueba esencial para acusarles a ambos de abuso y pornografía infantil.
Cuando el hombre, D.V.C., de 32 años y cocinero de profesión, se dio cuenta de que la investigación podía perjudicarle -ya que el clip se había grabado con su propio celular-intentó retirar la denuncia, pero ya era demasiado tarde.
En cuanto elementos de la Policía Nacional arrestaron a la madre, N.R.G., de 25 años, ella aseguró que D.V.C. le había forzado a abusar de la pequeña para complacer sus deseos sexuales. Dijo que si no lo hubiera hecho, él la habría agredido. El padre fue detenido sólo horas después, en agosto de 2017. Los dos fueron procesados y un examen médico de la pequeña detectó una intoxicación de manera “fortuita” por cocaína.
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El Juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid llevó a cabo la investigación de los hechos, y este lunes, casi dos años después, se celebró la audiencia. Durante el juicio comparecieron los agentes que participaron en el arresto y un oficial de la Brigada de Policía Científica que volcó y registró los archivos del celular del acusado.
Los padres ratificaron el acuerdo de 10 años de prisión. También aceptaron una orden de alejamiento que no les permite acercarse a su hija o comunicarse con ella en 13 años.
Además, no podrán ejercer una profesión que implique el contacto con menores durante 15 años, tras su condena deberán someterse a cinco años de libertad vigilada y tendrán que pagar de forma conjunta 20.000 euros (USD 22.327) por daños morales a la víctima.