(A Todo Momento) — El régimen chavista oficializó en el decreto presidencial N° 4.096 el cobro de los bienes y servicios en petro en instituciones del Estado que manejan divisas.
No obstante, en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.504, con fecha del 14 de enero de 2020, se exonera a compañías filiales de Petróleos de Venezuela S.A. También quedan excluidas de esa medida las empresas mixtas del sector hidrocarburos.
La decisión terminó anunciada este martes durante la rendición de la Memoria y Cuenta de Nicolás Maduro ante la cuestionada asamblea nacional constituyente.
En su discurso, Maduro resaltó la obligatoriedad de emplear esa “criptomoneda” en diversas actividades económicas en Venezuela.
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En ese sentido, se indicó que se establecerá una gran Exchange, casa de cambio digital, por medio de la plataforma Patria. Ese sistema, facilitará la compra e intercambio del petro, para luego cancelar ante las instituciones del Estado.
El artículo 5 de esa gaceta señala que los servicios desconcentrados y entes descentralizados, que realicen venta de bienes al extranjero deberán cobrar al menos 15% del precio correspondiente exclusivamente en petro.
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