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VIAJEROS CON BOLETOS EMITIDOS EN EL EXTERIOR PODRÁN SOLICITAR DIVISAS

Desde el pasado 30 de abril de 2014 usuarios podrán realizar solicitudes de autorización de adquisición de divisas con boletos emitidos en el exterior, de acuerdo a una nueva norma acordada con el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) y las aerolíneas desde el 23 de abril de 2014.

Los viajeros podrán hacer la solicitud tanto para el uso de tarjetas de crédito como para la adquisición de efectivo para viajes al exterior. Los boletos aéreos emitidos en el exterior serán admitidos siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y presenten el sello húmedo de la aerolínea, según informó una empresa bancaria en su website.

Según lo establecido en el Convenio Cambiario N° 25, que entró en vigencia el 24/01/2014, sólo se recibirán solicitudes en las que la fecha de compra de los pasajes tengan un mínimo 7 días continuos previos a la entrega en la agencia.